“Aportes al debate sobre la extranjerización de la tierra en la Argentina contemporánea.”
UNA CRÍTICA A LA REFORMA DEL RÉGIMEN DE TIERRAS RURALES EN ARGENTINA
Entre el libre mercado y la seguridad nacional:
“Aportes al debate sobre la extranjerización de la tierra en la Argentina contemporánea.”
Agosto 2026
RESUMEN
El presente ensayo crítico examina el proyecto de reforma del régimen de protección al dominio nacional sobre las tierras rurales en Argentina, impulsado por el oficialismo, a la luz de los principios inalienables de soberanía, integridad territorial e independencia nacional. Mediante un enfoque de análisis estratégico y economía política internacional, se tensiona la premisa desregulatoria que subordina el suelo agrícola a la lógica exclusiva del mercado financiero global. El estudio advierte sobre los riesgos del acaparamiento de tierras (land grabbing) en un entorno de inestabilidad geopolítica multipolar, marcado por el estrés agroclimático y la amenaza latente de unacrisis alimentariaglobal. Atravésdeunaperspectivadederechocomparadoquecontrasta este proyecto con los marcos regulatorios restrictivos de Estados Unidos, Canadá y Brasil, se demuestra que el control de la tierra fértil y los recursos hídricos asociados constituye una prioridad de seguridad nacional en las economías centrales. Finalmente, a partir de datos científicos que constatan más de 13 millones de hectáreas en manos extranjeras en el territorio argentino, se concluye en la necesidad de preservar el estatus protectorio normativo como una garantía existencial indisoluble para la defensa conjunta de la soberanía terrestre y marítima de la República.
UNA CRÍTICA A LA REFORMA DEL RÉGIMEN DE TIERRAS RURALES EN ARGENTINA
Contenido
1. INTRODUCCIÓN………………………………………………………………………………………………………………….. 4
El territorio como sustrato inalienable de la soberanía estatal…………………………………………………. 4
El quiebre del paradigma protectorio: La reforma de la Ley 26.737………………………………………….. 4
Formulación de la Tesis………………………………………………………………………………………………………….. 5
- ENTORNO SITUACIONAL Y GEOPOLÍTICA MUNDIAL: LA PUGNA GLOBAL POR LOS RECURSOS ESTRATÉGICOS……………………………………………………………………………………………………… 5
El Nuevo Desorden Mundial y la «Seguridad de Recursos»……………………………………………………… 5
América del Sur como Tablero de Concurrencia Transnacional ………………………………………………. 6
La Vulneración de la Autodeterminación y la Injerencia Externa ……………………………………………… 6
- EL RIESGO DE LA GRAN HAMBRUNA Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA COMO FACTOR DE SEGURIDAD NACIONAL…………………………………………………………………………………………………………….. 7
Crisis Agroclimática Global y la Proyección de la Inseguridad Alimentaria ……………………………… 7
El Fenómeno del Land Grabbing como Desposesión Estratégica ……………………………………………. 8
Inflación Alimentaria y Vulnerabilidad Social Interna ………………………………………………………………. 9
- DERECHO COMPARADO: EL PROTECCIONISMO DE ESTADO EN ECONOMÍAS CENTRALES Y REGIONALES ……………………………………………………………………………………………………………………….. 10
Estados Unidos: Seguridad Nacional y la Alarma Legislativa Federal ……………………………………. 10
Canadá: El Resguardo del Suelo Provincial y el Control Corporativo. ……………………………………. 11
Brasil: Un Gigante Agropecuario con Límites Jurisprudenciales Claros.-………………………………. 12
Comparativo de Regímenes de Protección Territorial en America………………………………………….. 13
- ARGUMENTOS CRÍTICOS CONTRA LA REFORMA: VULNERABILIDADES DEL ESTADO ARGENTINO…………………………………………………………………………………………………………………………….. 14
5.2 Debilitamiento de las Zonas de Seguridad de Fronteras…………………………………………………… 15
5.3 Amenaza a los Recursos Hídricos Colectivos y los Acuíferos Continentales ……………………. 16
- CONCLUSIÓN: ALERTA GEOPOLÍTICA Y LA IMPERIOSA INTEGRIDAD DEL INTERÉS NACIONAL……………………………………………………………………………………………………………………………….. 17
El Estado Bifronte: La Indivisibilidad de la Tierra y el Mar……………………………………………………… 17
Los Datos de la Extranjerización Actual: El Diagnóstico Científico………………………………………… 18
El Imperativo de la Autodeterminación Estratégica ……………………………………………………………….. 19
- REFERENCIAS (Bibliografía)……………………………………………………………………………………………… 19
- 1. INTRODUCCIÓN
El territorio como sustrato inalienable de la soberanía estatal
En la arquitectura del Estado-Nación moderno, el territorio no constituye meramente un activo transable en los mercados globales ni un factor de producción neutro supeditado a las fluctuacionesdel flujo decapitales.Por elcontrario,el espaciogeográfico representa la base material, el sustrato jurídico y la condición de posibilidad de la soberanía nacional (Sack, 1986).La independencia política carece de sustanciaoperativa si el Estado abdica de su potestad regulatoria y de su control fáctico sobre el dominio eminente de su suelo. Como advierte la literatura sobre soberanía e integridad territorial, la gobernanza de los recursos naturales internos se erige como un valor irrenunciable, un principio fundacional queprecedeycondicionacualquier diseñodepolíticaeconómica odeinsercióncomercial internacional (Gottmann, 1973).
El quiebre del paradigma protectorio: La reforma de la Ley 26.737
A nivel de la política doméstica, el proyecto de reforma de la Ley 26.737 de Régimen de Protección del Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales impulsa un quiebre de matriz doctrinaria (Ley 26.737, 2011). Bajo la premisa de liberalizar la economía y suprimir supuestas barreras regulatorias para la atracción de Inversión Extranjera Directa (IED), la iniciativa propugna la eliminación de los topes porcentuales a la extranjerización, así como la flexibilización de los límites por titularidad y de las restricciones en zonas de seguridad de fronteras. Este enfoque corporativo reduce el suelo nacional a un mero commodity financiero, ignorando los procesos globales de acaparamiento de tierras —land grabbing— y las profundas externalidades que conlleva la transferencia irrestricta del territorio a manos de fondos de inversión foráneos (Borras et al., 2012). El debate actual no versa sobre una dicotomía simplista entre aislamiento o globalización, sino sobre la preservación de la capacidad del Estado para autodeterminarse.
Formulación de la Tesis
La hipótesis que vertebra este análisis estratégico sostiene que la flexibilización y el desmantelamientodel régimentuitivo yprotectorio de la propiedad de la tierra rural constituyen una amenaza directa e irreversible a la soberanía, la seguridad nacional y la independencia estratégica de la República. En un escenario internacional caracterizado por la escasez de recursos fundamentales y la inestabilidad geopolítica, la renuncia estatal a la gobernanza de su territorio transfiere de manera pasiva el control de activos vitales a actores externos cuyas prioridades responden a agendas exógenas. En consecuencia, la preservación de un marco normativo estricto en materia de extranjerización de la tierra no representa un obstáculo al desarrollo, sino la garantía jurídica indispensable para asegurar la supervivencia y el bienestar de las generaciones presentes y futuras.
2.2. ENTORNO SITUACIONAL Y GEOPOLÍTICA MUNDIAL: LA PUGNA GLOBAL POR LOS RECURSOS ESTRATÉGICOS
El Nuevo Desorden Mundial y la «Seguridad de Recursos»
El orden internacional contemporáneo asiste a una reconfiguración sistémica, caracterizada por la transición desde una globalización unipolar hacia una multipolaridad fragmentada e inestable (Klare, 2012). En este nuevo tablero geopolítico, marcado por la reactivación de conflictos interestatales y la competencia tecnológica entre las grandes potencias, las dinámicas de poder ya no se dirimen exclusivamente en términos militares, sino a través de la doctrina de la «seguridad de recursos» (Klare, 2001).
Las potencias globales enfrentan un déficit estructural crónico de recursos críticos dentro de sus propias fronteras. La degradación de los suelos fértiles en el hemisferio norte, la escasez crítica de agua dulce y las exigencias energéticas han transformado la posesión de la biosfera en una prioridad de seguridad nacional para los Estados centrales (Fedoroff, 2015). En este contexto, la tierra rural en el Sur Global ha dejado de ser un bien meramente inmobiliario para convertirse en unactivo geopolítico devalor existencial, codiciado para externalizar la huella ecológica y productiva de naciones industrializadas.
América del Sur como Tablero de Concurrencia Transnacional
América del Sur se encuentra en el centro geográfico de esta disputa global debido a sus condiciones bioclimáticas excepcionales y a su extraordinaria dotación de recursos naturales comunes. La región alberga las mayores reservas de suelo cultivable del planeta, una biodiversidad única y cuencas hídricas continentales estratégicas como el Acuífero Guaraní. La reforma de la Ley de Tierras propuesta ignora este entorno situacional de extrema agresividad externa. Al eliminar los diques de contención a la extranjerización, el Estado abre voluntariamente un canal para que fondos soberanos estatales, corporaciones transnacionales y vehículos financieros de inversión opacos adquieran control fáctico sobre vastas extensiones de su territorio. De acuerdo con los análisis de economía política internacional, esta inserción pasiva no genera un desarrollo virtuoso, sino la instauración de «enclaves extractivos» donde la lógica de explotación responde de manera exclusiva a las directrices de planificación estratégica de los países de origen de los capitales, sustrayendo esas porciones del territorio de la soberanía jurídica de la Nación (Harvey, 2003).
La Vulneración de la Autodeterminación y la Injerencia Externa
Permitir el control foráneo irrestricta de la tierra agraria debilita de forma terminal la capacidad de autodeterminación del Estado. Cuando un actor extranjero adquiere millones de hectáreas, adquiere de forma concomitante un poder de veto fáctico sobre las políticas públicas nacionales. La soberanía se ve directamente amenazada bajo tres vectores estratégicos específicos:
Gobernanza Ambiental: El Estado pierde la capacidad real de aplicar regulaciones sobre el uso del suelo, la deforestación o el manejo de cuencas hídricas, al verse expuesto a litigios internacionales en tribunales arbitrales transnacionales bajo la acusación de «expropiación indirecta» (Sassen, 2013).
Autonomía en Política Exterior: La consolidación de grandes extensiones territoriales en manos de empresas vinculadas directa o indirectamente a gobiernos extranjeros condiciona la neutralidad del país en contextos de conflicto internacional, limitando su margen de maniobra diplomática.
Soberanía Normativa: El derecho de propiedad privada absoluto otorgado a capitales extranjeros opera como una frontera jurídica interna que erosiona la potestad regulatoria del Estado sobre su propio suelo, subordinando el interés nacional a la rentabilidad corporativa internacional (Strange, 1996).
3.3. EL RIESGO DE LA GRAN HAMBRUNA Y LA SEGURIDAD ALIMENTARIA COMO FACTOR DE SEGURIDAD NACIONAL
Crisis Agroclimática Global y la Proyección de la Inseguridad Alimentaria
La estabilidad del sistema agroalimentario mundial enfrenta una encrucijada sin precedentes históricos. El cruce de variables macroestructurales —el cambio climático antrópico, las megasequías prolongadas, la pérdida crítica de biodiversidad y la degradación acelerada del 33% de los suelos fértiles del planeta— ha configurado un escenario de vulnerabilidad sistémica global (FAO, 2015; IPCC, 2022). De acuerdo con los informes estratégicos de la Organización de lasNaciones Unidas parala Alimentación y la Agricultura (FAO, 2024), el crecimiento demográfico estimado hacia mediados de siglo exigirá un incremento del 60% en la producción de alimentos, en un contexto donde los rendimientos agrícolas globales se encuentran estancados o en franco retroceso debido al estrés hídrico y térmico.
Esta asimetría estructural entre una demanda biológica en aumento y una oferta biofísica decreciente ha reactivado en la literatura geopolítica contemporánea las proyecciones sobre crisis distributivas agudas, conceptualizadas genéricamente como el riesgo de una «Gran Hambruna Global» (Ehrlich & Ehrlich, 2013). En este marco, los Estados agroexportadores que poseen llanuras aluviales yreservas hídricas estables dejan de ser meros agentes comerciales del mercado de commodities; se transforman en custodios de un recurso de supervivencia biológica transnacional. La soberanía alimentaria, por ende, deja de ser una consigna retórica para consolidarse como la primera línea de la defensa nacional y la estabilidad social interna.
LA ASIMETRÍA DEL ABASTECIMIENTO GLOBAL
========================================================================
[ Crisis Climática / Suelo Degradado ] ===> Contracción del rendimiento (Norte) || \/
[ Desregulación Doméstica ] ============> Extranjerización de la tierra (Sur) || \/
[ Consecuencia Estratégica ] ==========> El alimento local mitiga crisis externas,
mientras el país sufre desabastecimiento e inflación endémica.
========================================================================
El Fenómeno del Land Grabbing como Desposesión Estratégica
Frentea la inminencia de crisis dedesabastecimiento, los Estados centrales ylos bloques corporativos transnacionales han sustituido el tradicional comercio internacional de granos por la adquisición directa de la infraestructura primaria: la tierra rural cultivable. Este proceso, denominado en las ciencias sociales como acaparamiento de tierras o land grabbing, opera como un mecanismo de externalización de la seguridad alimentaria de las potencias a expensas de la soberanía de las naciones periféricas (Borras et al., 2012; Sassen, 2013). Cuando el proyecto oficialista propone desmantelar la Ley 26.737, anula la capacidad del Estado argentino para impedir que fondos soberanos de naciones con déficit hídrico o alimentario (como los países del Golfo Pérsico o economías industrializadas de Asia) compren millones de hectáreas con derechos de agua asociados. La gravedad estratégica de esta desregulación radica en que la producción obtenida en dichos territorios no se destina a abastecer los mercados internos ni a fortalecer las reservas nacionales, sino que se canaliza de manera directa y cautiva hacia los países de origen de los capitales mediante cadenas logísticas integradas verticalmente (Margulis et al., 2013). El territorio nacional queda así reducido a una plataforma extractiva periférica, disociada de las necesidades de su propia población.
Inflación Alimentaria y Vulnerabilidad Social Interna
La privatización y extranjerización irrestricta del suelo rural impactan directamente sobre la seguridad humana y la paz social del Estado soberano. La literatura especializada en economía política agraria demuestra que la penetración de capitales financieros especulativos en los mercados de tierras —proceso conocido como la financiarización de la agricultura— desacopla el valor de la tierra de su productividad real, elevando los costos de arrendamiento y producción (Fairbairn, 2014). Este fenómeno desencadena dos efectos críticos para la seguridad del Estado:
Destrucción del Tejido Productivo Local: Los pequeños y medianos productores agrícolas, las cooperativas de arraigo regional y las economías familiares son sistemáticamente desplazados por la asimetría de capital frente a los conglomerados transnacionales, perdiéndose el saber técnico local y la diversidad de cultivos orientados al consumo interno (McMichael, 2013).
Vulnerabilidad a los Precios Internacionales: Al perder el control sobre la tenencia de la tierra, el Estado carece de herramientas estructurales para amortiguar los shocks de precios internacionales. La producción remanente se cotiza estrictamente en divisas duras, trasladando de manera directa la volatilidad y la inflación global de los alimentos a la canasta básica de los ciudadanos locales (Ghosh, 2010). En un escenario de escasez globalizada, un país que ha enajenado su suelo fértil puede enfrentar la paradoja geopolítica de ser un exportador masivo de calorías agroindustriales mientras su población padece desnutrición, desabastecimiento y crisis social interna, erosionando de manera terminal la cohesión nacional y la soberanía del Estado.
4.4. DERECHO COMPARADO: EL PROTECCIONISMO DE ESTADO EN ECONOMÍAS CENTRALES Y REGIONALES
El postuladooficialistaquesostienequela desregulaciónirrestrictadel mercadodetierras es un requisito indispensablepara la inserción en el capitalismo globalizado se contradice abiertamente con la praxis jurídica de las economías más avanzadas. Lejos de abandonar la gobernanza de sus recursos, los Estados centrales e industrializados consideran al suelo agrícola como un activo estratégico no reproducible, blindándolo mediante complejos andamiajes normativos institucionales frente a potenciales interferencias foráneas (Sassen, 2014).
Estados Unidos: Seguridad Nacional y la Alarma Legislativa Federal
En los Estados Unidos, la adquisición de tierras agrícolas por parte de entidades o ciudadanos extranjeros no se analiza bajo la lógica exclusiva del libre mercado, sino bajo el estricto prisma de la seguridad nacional. El marco de control opera en dos niveles institucionales plenamente coordinados
Control e Inteligencia Federal: A nivel federal, la Ley de Divulgación de Inversiones Extranjeras Agrícolas (AFIDA) obliga a todo inversor extranjero a declarar de manera inmediata cualquier adquisición, transferencia o tenencia de tierras rurales ante el Departamento de Agricultura de los EE. UU. (USDA) (USDA, 2024). Paralelamente, el Comité de Inversión Extranjera en los Estados Unidos (CFIUS) posee facultades plenipotenciarias para investigar, bloquear o forzar la desinversión de activos rurales si se determina que la transacción amenaza la seguridad de infraestructuras críticas o bases militares (Jackson, 2021).
Ofensiva Legislativa Estatal: La verdadera barrera restrictiva radica en las legislaciones subnacionales. En los últimos años, coincidiendo con las tensiones geopolíticas globales, se ha registrado una ola de reformas estatales orientadas a prohibir de forma directa la compra de suelo fértil por parte de corporaciones o gobiernos de naciones consideradas «adversarias extranjeras» (principalmente China, Rusia, Irán y Corea del Norte). Estados con un pesoagroindustrial determinante como Iowa,Minnesota,Florida yTexas aplican restricciones estrictas o prohibiciones absolutas a la propiedad corporativa extranjera de tierras de cultivo, priorizando el arraigo de la granja familiar norteamericana y la estabilidad productiva del mercado interno (Deppermann, 2023).
Canadá: El Resguardo del Suelo Provincial y el Control Corporativo.
Canadá posee una estructura regulatoria profundamente descentralizada donde la gestión y el dominio de la tierra rural recaen sobre los gobiernos provinciales. Bajo esta arquitectura jurídica, el Estado canadiense aplica un proteccionismo asimétrico pero riguroso que limita de forma severa el avance de los fondos soberanos y los capitales especulativos globales:
Límites Cuantitativos Drásticos: Provincias de alta productividad agrícola como Saskatchewan aplican deforma estricta la Saskatchewan FarmSecurity Act. Esta norma estipula que los individuos no residentes y las corporaciones que no sean controladas de manera exclusiva por ciudadanos canadienses no pueden poseer, de forma directa o indirecta, más de 10 acres (aproximadamente 4 hectáreas) de tierra agrícola (Government of Saskatchewan, 2022). Cualquier excedente requiere un permiso excepcional fundado en el beneficio directo de la comunidad local.
Prohibiciones Absolutas Temporales: Como correlato de esta doctrina de resguardo territorial, el Parlamento Federal canadiense implementó y extendió de manera sistemática leyes restrictivas generales a la compra de propiedades residenciales y rurales por parte de no canadienses (Prohibition on the Purchase of Residential Property by Non-Canadians Act), demostrando que el Estado canadiense utiliza la potestad legislativa para evitar la distorsión del valor de los bienes raíces y el suelo productivo por efecto de la especulación financiera global (CMHC, 2024).
Brasil: Un Gigante Agropecuario con Límites Jurisprudenciales Claros.-
La República Federativa de Brasil, principal competidor agroindustrial de la Argentina en el Cono Sur, sostiene una postura jurídica histórica y doctrinaria inequívoca: el crecimiento económico del sector agropecuario no debe comprometer la integridad territorial ni la soberanía del Estado brasileño (Bacha, 2018).
La Doctrina de la AGU (Advocacia-Geral da União): El régimen de tierras rurales en Brasil está regido por la Ley Federal N° 5.709 de 1971. Aunque durante algunos periodos políticos existieron intentos de flexibilización, el dictamen histórico emitido por la AGU en el año 2010 fijó jurisprudencia definitiva. Esta interpretación determina que las empresas brasileñas en las cuales la mayoría del capital social pertenezca a personas físicas o jurídicas extranjeras están sujetas exactamente a las mismas restricciones cuantitativas y cualitativas que los inversores foráneos directos (AGU, 2010). Se neutralizó así la triangulación societaria, un vacío legal que el proyecto oficialista argentino pretende habilitar de manera indirecta.
Topes por Municipio y Nacionalidad: La legislación brasileña impone un doble torniquete geográfico: las adquisiciones por parte de extranjeros no pueden superar bajo ninguna circunstancia el 25% de la superficie total del territorio del municipio correspondiente. Asimismo, las personas de una misma nacionalidad extranjera no pueden ser titulares de más del 10% de la superficie municipal (Constitución de la República Federativa de Brasil, art. 190). De este modo, Brasil impide de manera fáctica la conformación de enclaves geopolíticos uniformes en zonas biológicamente críticas como el Amazonas o el Cerrado, o en regiones fronterizas sensibles.
Comparativo de Regímenes de Protección Territorial en America
País /
Dimensión
Estados
Unidos
¿Posee Topes o
Restricciones
Cuantitativas?
Sí, a nivel estatal (prohibición total en
más de 24 estados).
¿Controla a las
Empresas Locales
con Capital
Extranjero?
Sí, mediante auditorías de origen de fondos
corporativos.
¿Posee
Organismos de
Inteligencia y
Bloqueo?
Sí (CFIUS y USDA).
Enfoque
Estratégico
Principal
Seguridad Nacional e Infraestructura
Crítica.
Canadá
Sí, límites de hasta 4
hectáreas por extranjero en
provincias agrícolas.
Sí, restricciones
rigurosas a corporaciones no
canadienses.
Sí (Consejos Protección de
provinciales de economías locales y
seguridad granjera). granja familiar.
Brasil
Sí, máximo 25% de la
superficie del
municipio para
extranjeros.
Sí, equipara firmas
locales de capital
foráneo a
extranjeros.
Sí (INCRA y control
de la AGU).
Preservación de
soberanía territorial
y áreas limítrofes.
Argentina
(Proyecto de
Reforma)
No (Facilita la
No (Propugna la
desregulación eliminación de límites y
corporativa y fondos topes por zona).
de inversión).
No (Suprime o
debilita los registros
específicos de
fiscalización).
Desregulación de mercados y atracción asimétrica
de IED.
5.5. ARGUMENTOS CRÍTICOS CONTRA LA REFORMA: VULNERABILIDADES DEL ESTADO ARGENTINO
El proyecto de reforma o derogación de facto del régimen de la Ley 26.737 impulsado por el oficialismo introduce una desregulación que desprotege la integridad territorial de la República. Al caracterizar la normativa tuitiva previa como una mera traba burocrática para el flujo de capitales, el diseño de lareforma omite considerar las asimetrías jurídicas, el federalismo, las vulnerabilidades fronterizas y los riesgos ecológicos no reproducibles que se derivan de la enajenación del suelo rural (García Torres, 2021).
5.1 Vulneración de la Soberanía Jurídica y la Asimetría
Transnacional
La remoción de los topes cuantitativos de extranjerización —fijados originalmente en el 15% a nivel nacional, provincial y departamental, y en un límite estricto de 1.000 hectáreas por titular en la zona núcleo— altera sustancialmente la relación de fuerzas entre el Estado soberano y los conglomerados transnacionales. Cuando un fondo soberano extranjero o un fondo de inversión global adquiere la titularidad dominial de extensiones masivas de suelo rural, la propiedad privada opera como un blindaje jurídico frente al derecho público interno. Bajo la doctrina de la economía política crítica, este proceso instituye una «soberanía fragmentada» (Sassen, 2013). La introducción de capitales foráneos de gran escala desplaza la jurisdiccióndelostribunalesordinarios de la República. Si elEstadoargentino pretendiera implementar regulaciones fiscales sobre la renta extraordinaria, imponer cuotas de abastecimiento interno para mitigar crisis alimentarias o endurecer normativas ambientales locales, quedaría expuesto de forma inmediata a litigios internacionales ante el Centro Internacional de Arreglo de Diferencias Relativas a Inversiones (CIADI) bajo la figura penal de «expropiación indirecta» o violación de los Tratados Bilaterales de Inversión (TBI) (Teubner, 2012). De este modo, la desregulación consagra una asimetría estructural donde el interés transnacional priva sobre la potestad legislativa de la Nación.
VECTORES DE VULNERABILIDAD DEL SUELO NACIONAL
=============================================================================
[ Desregulación del Suelo ] ======> Eliminación de límites de la Ley 26.737 ||
+—> Vector Jurídico: Litigios en el CIADI por regulaciones internas. |
+—> Vector Táctico: Enclaves privados en Zonas de Seguridad de Fronteras. |
+—> Vector Ecológico: Pérdida de soberanía sobre acuíferos y biodiversidad.
===========================================================================
5.2 Debilitamiento de las Zonas de Seguridad de Fronteras
Desde una perspectiva de la geografía militar y el análisis estratégico clásico, la frontera no es una línea cartográfica abstracta, sino un espacio de contención táctico de relevancia existencial para la defensa nacional (Ratzel, 2022). La legislación histórica argentina, consolidada en el Decreto-Ley 15.385/44, instituyó el Régimen de Zona de Seguridad de Fronteras para garantizar que los territorios limítrofes permanecieran bajo un estricto control de ciudadanos nativos o residentes con arraigo efectivo, impidiendo la conformación de avanzadas geopolíticas de otros Estados o corporaciones exógenas. La flexibilización de estos controles y la supresión de las autorizaciones previas exigidas por la Superintendencia de Fronteras representan un riesgo táctico inaceptable:
Pérdida de Continuidad Territorial: Permite que corporaciones controladas de manera indirecta por potencias globales o consorcios privados adquieran tierras linderas con límites internacionales, interrumpiendo la continuidad del control físico del Estado sobre sus márgenes limítrofes.
Privatización del Acceso Estratégico: Facilita el control privado de pasoscordilleranos, corredores logísticos binacionales e infraestructura de conectividad crítica, limitando la capacidad de despliegue operativo de las Fuerzas Armadas y de Seguridad en situaciones de emergencia o conflicto internacional.
5.3 Amenaza a los Recursos Hídricos Colectivos y los Acuíferos Continentales
El sueloagrario ylas cuencas hídricas continentales constituyenuna unidadecosistémica indivisible. Quien adquiere la propiedad del suelo rural adquiere de manera fáctica el acceso prioritario y el usufructo extractivo del agua dulce superficial y subterránea que contiene o delimita (Gleick, 2019). Argentina posee porciones significativas del Acuífero Guaraní —una de las mayores reservas de agua subterránea del planeta— así como densas cuencas hidrográficas en la Mesopotamia y grandes cuencas glaciarias y de deshielo en la región patagónica. La desregulación impulsada por el oficialismo ignora de forma deliberada el fenómeno global de la hidropiratería o acaparamiento hídrico (water grabbing), que opera de forma integrada con el acaparamiento de tierras (Franco et al., 2014). Al suprimir lafiscalización estricta sobretierras que contengan o sean ribereñas a «cuerpos deagua de envergadura permanente», la reforma habilita la transferencia del control de recursos hídricos vitales a manos de inversores privados cuya prioridad es abastecer procesos industriales o agrícolas altamente demandantes de agua en sus propios países, comprometiendo de manera irreversible el abastecimiento humano local, la resiliencia climática del ecosistema y el desarrollo de las futuras generaciones argentinas.
6.6. CONCLUSIÓN: ALERTA GEOPOLÍTICA Y LA IMPERIOSA INTEGRIDAD DEL INTERÉS NACIONAL
El Estado Bifronte: La Indivisibilidad de la Tierra y el Mar
El análisis estratégico contemporáneo exige superar la concepción fragmentada del territorio que disocia el espacio continental de los espacios marítimos. La soberanía de la República no se defiende en compartimentos estancos; constituye una condición de integridad holística e indivisible que abarca desde la llanura agrícola hasta la plataforma continental y el Mar Territorial (Gottmann, 1973). En la actual transición hacia la multipolaridad inestable del siglo XXI, la presión transnacional opera de manera convergente sobre ambos vectores: la codicia sobre el suelo fértil y los recursos hídricos continentales se complementa con la explotación pesquera ilegal y la proyección geopolítica sobre el Atlántico Sur y la Antártida (Klare, 2012). Entregar el dominio eminente de la tierra mediante reformas desregulatorias debilita terminalmente la posición geopolítica global de la Nación. Un Estado que cede la gobernanza de su suelo rural transfiere también las bases logísticas continentales, los accesos ribereños y la soberanía alimentaria necesarios para sostener su proyección marítima y de defensa nacional. La integridad territorial, por ende, es una línea de contención inalienable; fracturar el control sobre la propiedad de la tierra equivale a balcanizar la capacidad de resistencia del Estado frente a las demandas de un hemisferio norte aquejado por el déficit ecológico.
EL VECTOR DE CONTROL INDIVISIBLE
========================================================================
[ INTEGRIDAD TERRITORIAL ] ===> Soberanía Terrestre + Soberanía Marítima
|| \/
[ Amenaza de Desregulación ] ==> Enclaves en el Suelo -> Debilitamiento Logístico
y de Proyección al Mar. || \/
[ Alerta Geopolítica ] ========> Enajenar el 5% actual y abrir los límites compromete la autonomía existencial del Estado.
Los Datos de la Extranjerización Actual: El Diagnóstico Científico
El argumento oficialista que minimiza el impacto de la reforma basándose en supuestos promedios generales es desmentido por la evidencia cuantitativa de los organismos científico-técnicos del país. Según el relevamiento sistematizado por el Observatorio de Tierras —integrado por investigadores vinculados al CONICET y a la Universidad de Buenos Aires (UBA)—, actualmente existen más de 13 millones de hectáreas en manos de firmas, corporaciones o Estados extranjeros ( No se incluye Malvinas ). Esta superficie, que representa aproximadamente el 5% de la totalidad del territorio nacional continental, equivale en términos cartográficos a la extensión superficial de Inglaterra. La gravedad situacional radica en la asimetría de su distribución geográfica. El promedio nacional del 5% funciona como una pantalla estadística que oculta realidades locales críticas: el informe técnico explicita que al menos 36 departamentos del país ya han superado el límite estricto del 15% fijado por la Ley 26.737, registrándose casos de extranjerización extrema que exceden el 50% de la superficie departamental en distritos estratégicos como Lácar (Neuquén), General Lamadrid (La Rioja), y Molinos y San Carlos (Salta). Estas regiones coinciden de manera directa con áreas de frontera, cuencas hídricas críticas y reservas minerales no reproducibles, lo que demuestra que el capital transnacional no fluye de manera aleatoria, sino que se asienta selectivamente sobre los activos existenciales de la Nación.
El Imperativo de la Autodeterminación Estratégica
Frente al riesgo real y cercano de una Gran Hambruna global y la agudización de los conflictos por los recursos hídricos y alimentarios, la tierra rural argentina no puede ser reducida a una mercancía financiera ni a una divisa de cambio en el mercado de libre comercio (Fedoroff, 2015; Sassen, 2013). La extranjerización indiscriminada del suelo no constituye un vector de modernización económica; representa una abdicación soberana que hipoteca la capacidad de autodeterminación regulatoria y condena a la población local a la vulnerabilidad alimentaria e interna (McMichael, 2013). La historia demuestra que los Estados que enajenaron la titularidad de su territorio resignaron su independencia política y se convirtieron en factorías subordinadas a las necesidades logísticas de las potencias centrales. Mantener, fortalecer y fiscalizar activamente el estatus protectorio de la Ley de Tierras no es un anacronismo ideológico, sino un acto de legítima defensa estratégica. En un siglo XXI signado por la escasez planetaria, preservar la integridad de la tierra y del mar bajo el dominio exclusivo de la soberanía nacional es la garantía jurídica e histórica indispensable para asegurar la supervivencia, la libertad y la dignidad de la República.-
EQUIPOS IGUALAR.
7.7. REFERENCIAS (Bibliografía)
Borras, S. M., Franco, J. C., Gómez, S., Kay, C., & Spoor, M. (2012). Land grabbing in Latin America and the Caribbean. The Journal of Peasant Studies, 39(3-4), 845-872.
Fedoroff, N. V. (2015). Food in a future of geopolitical change and resource scarcity. Agriculture & Food Security, 4(1), 1-8.
Gottmann, J. (1973). The significance of territory. University Press of Virginia. Harvey, D. (2003). The new imperialism. Oxford University Press.
Klare, M. T. (2001). Resource wars: The new landscape of global conflict. Owl Books.
Klare, M. T. (2012). The race for what’s left: The global scramble for the world’s last resources. Metropolitan Books.
Ley N° 26.737. Régimen de Protección del Dominio Nacional sobre la Propiedad, Posesión o Tenencia de Tierras Rurales. 22 de diciembre de 2011 (Argentina).
Sack, R. D. (1986). Human territoriality: Its theory and history. Cambridge University Press.
Sassen, S. (2013). Land grabs today: Feeding the disassembling of national territory. Globalizations, 10(1), 25-46.
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